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Cómo declarar los ingresos por criptomoneda: plazos, códigos y procedimiento

La declaración de patrimonio e ingresos se presenta hasta el 30 de abril del año siguiente al ejercicio declarado. El impuesto sobre la renta de las personas físicas y la tasa militar calculados en ella se pagan hasta el 1 de agosto de ese mismo año (art. 179.7 del Código Tributario). Se puede presentar a través del Gabinete Electrónico del contribuyente en el sitio de la agencia tributaria de Ucrania. Códigos de la clasificación presupuestaria para el pago: 11010500 para el impuesto sobre la renta, 11011001 para la tasa militar.

El plazo más cercano para usted es la declaración del año 2026 hasta el 30 de abril de 2027. Con una advertencia inmediata: es un cálculo según la norma general, no una referencia a una fuente.

La agencia tributaria de Ucrania aún no ha publicado la página oficial de la campaña de declaración de 2027. Antes de presentar conviene comprobar la fecha en tax.gov.ua: los plazos a veces se desplazan por decisiones puntuales.

Quién está obligado a presentar la declaración

Quien haya obtenido ingresos sobre los que nadie retuvo el impuesto. Si durante el año vendió criptomoneda y recibió dinero por ella, la obligación es suya.

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Para este tipo de ingreso no existe un mínimo por debajo del cual no haya que declarar. Un importe pequeño no genera exención: genera un impuesto pequeño.

Aquí la residencia importa más que la nacionalidad. Un residente fiscal de Ucrania declara sus ingresos con independencia de dónde los haya obtenido, incluidos los exchanges extranjeros.

Caso aparte: una estancia prolongada en el extranjero. El estatus de residente no lo determina el pasaporte, sino un conjunto de indicios, y en esa situación no se puede prescindir de asesoramiento.

Cómo pagar impuestos por la criptomoneda: orden de actuación

El procedimiento es el mismo para cualquier importe y consta de cuatro pasos: reunir el historial, calcular el ingreso del año, presentar la declaración hasta el 30 de abril y pagar en dos ingresos hasta el 1 de agosto.

Paso uno: el historial. Descargue todas las operaciones del ejercicio: del exchange, de las casas de cambio, y también los extractos bancarios de las cuentas por las que entraron las grivnas.

Paso dos: el cálculo. El ingreso se calcula en grivnas al tipo de cambio de la fecha de cada operación, no al de cierre del año. Por eso hace falta la fecha de cada venta y no solo el importe.

Paso tres: la presentación. A través del Gabinete Electrónico del contribuyente, con firma electrónica cualificada. El formulario es la declaración de patrimonio e ingresos.

Paso cuatro: el pago. Dos pagos separados hasta el 1 de agosto: el impuesto sobre la renta con el código 11010500 y la tasa militar con el código 11011001.

Lo que este procedimiento no resuelve automáticamente: qué importe exacto poner en la declaración. Eso choca con la disputa sobre la base imponible, y nadie la va a cerrar por usted.

Qué plazos hay y dónde pagar

Son dos fechas, y son distintas. El 30 de abril es el plazo para presentar la declaración, no para pagar. El 1 de agosto es el plazo para pagar lo que usted mismo calculó en esa declaración.

Entre una y otra hay tres meses, y esa pausa existe precisamente para dar tiempo a reunir el dinero del impuesto.

Los datos de pago no se sacan de memoria, sino de la página de su inspección tributaria: las cuentas están vinculadas al órgano territorial.

La parte invariable son los códigos de clasificación de los ingresos presupuestarios: 11010500 (impuesto sobre la renta de ingresos no obtenidos de agentes fiscales) y 11011001 (tasa militar). En dos pagos, no en uno: el impuesto y la tasa van a cuentas distintas.

Ingreso extranjero u otro ingreso: de qué depende

El ingreso por operaciones con criptomoneda se incluye en el ingreso anual total sujeto a tributación por una de dos vías. Como ingreso extranjero, si la fuente del pago es extranjera. Como otro ingreso, si quien pagó es residente de Ucrania. Es la formulación de las propias aclaraciones de la agencia tributaria.

En la práctica todo se reduce a una pregunta: quién le transfirió el dinero. Si vendió en un exchange extranjero y retiró desde allí a la tarjeta, la fuente del pago es extranjera.

Si recibió grivnas de una casa de cambio ucraniana o de un residente en una operación P2P, es otro ingreso. El tipo impositivo es el mismo en ambos casos; lo que cambia son las casillas de la declaración.

Las fechas de esas aclaraciones no las hemos verificado: la consulta directa a tax.gov.ua devuelve un 403. La clasificación en sí está confirmada por varias páginas regionales de la agencia tributaria.

Pero no se puede presentar como una norma del Código Tributario: en el Código no existe ninguna norma directa sobre la tributación de los ingresos por criptomoneda.

Qué es la deducción fiscal y qué tiene que ver aquí

La pregunta surge en casi todo el que se sienta por primera vez a hacer la declaración, y suele venir de una confusión de palabras. La deducción fiscal y el descuento de los gastos de compra de cripto son mecanismos distintos, y el segundo no se deriva del primero.

La deducción fiscal es un instrumento propio del Código. Permite recuperar parte del impuesto sobre la renta ya pagado por determinados tipos de gasto, cuya lista fija la ley.

Esa lista no la hemos verificado y por eso no la reproducimos. Es un tema que queda fuera de nuestro material comprobado, y nombrar condiciones al azar en un artículo sobre declaración sería justo aquello por lo que criticamos los textos ajenos.

Lo que sí se puede afirmar con seguridad sobre la cripto: los gastos de compra de criptomoneda no son una deducción fiscal. La disputa sobre si restarlos o no va por otro terreno completamente distinto, el de la base imponible.

La diferencia entre ambas figuras es simple. La deducción reduce el importe del impuesto ya pagado, para su devolución. La base determina sobre qué se calcula el impuesto.

Confundirlas sale caro. Quien cuenta con «desgravar» la compra de monedas mediante la deducción pone en la declaración una cifra que no tiene detrás ni norma ni aclaración.

Qué hace falta para presentarla por el Gabinete Electrónico

Lo primero, una firma electrónica cualificada. Sin ella no se puede firmar la declaración, y obtener la firma lleva tiempo, así que dejarlo para la última semana de abril es mala idea.

Lo segundo, acceso al propio gabinete y datos personales comprobados en él. Una discrepancia en los datos de registro aparece pronto, y mejor que no aparezca el día de la presentación.

Lo tercero, el formulario de la declaración de patrimonio e ingresos cumplimentado y con la casilla correcta elegida: el ingreso extranjero y el otro ingreso están en sitios distintos.

Lo cuarto, su propio cálculo y los documentos en los que se apoya. Al gabinete no se suben, pero deben estar en su poder por si surge alguna pregunta.

Tras el envío, la declaración se considera presentada no en el momento de pulsar el botón, sino cuando llega la confirmación de aceptación. Un documento enviado sin confirmación todavía no es una declaración presentada.

La interfaz del gabinete cambia más a menudo que las normas. Describimos el procedimiento por su contenido y no por los botones: los pasos concretos compruébelos en el sitio de la agencia tributaria el día de la presentación.

Por qué nadie va a hacer esto por usted

Cuando el salario lo paga un empleador, él retiene el impuesto: es agente fiscal. Un exchange de criptomonedas, una casa de cambio y un comprador en P2P no son agentes fiscales respecto de sus criptoingresos.

Nadie retuvo nada ni presentó nada en ninguna parte. La obligación de declarar y pagar recae sobre la persona que obtuvo el ingreso.

De ahí el código 11010500 con la fórmula «de ingresos no obtenidos de agentes fiscales». Es exactamente este caso. Que no haya impuesto retenido no significa que no haya impuesto: significa que lo calcula usted.

Se puede operar en P2P a través de un autónomo

Para operar en P2P con regularidad, el régimen simplificado no sirve. El motivo es sencillo: la criptomoneda no tiene en la legislación estatus de bien ni de servicio, y las actividades del impuesto único describen precisamente la venta de bienes y la prestación de servicios.

La barrera adicional es la misma que en el resto del tema: la ley marco sobre activos virtuales no ha entrado en vigor. Tampoco existe una actividad autorizada específica de «operaciones con activos virtuales» para un empresario.

Lo que conscientemente no analizamos son los tipos de la tasa militar para autónomos. Para los empresarios en el impuesto único son distintos que para una persona física, y no los hemos verificado.

Por eso en este artículo no hay ninguna cifra para autónomos. Si trabaja como empresario y quiere pasar sus criptoingresos por esa vía, es una pregunta para un contable.

Una advertencia de fondo. Darse de alta como autónomo no cambia por sí solo la naturaleza del ingreso, y elegir un código de actividad cómodo para el movimiento en criptomoneda es un riesgo de liquidación complementaria, no una forma de pagar menos.

Hay que declarar si la criptomoneda simplemente está en el monedero

Las aclaraciones hablan del importe de fondos recibido por operaciones. Es decir, del momento en que el dinero llegó a usted, no del hecho de poseer el activo.

No hemos encontrado ningún impuesto específico sobre la tenencia de criptomoneda, y ninguna de las fuentes revisadas lo menciona. La compra y la tenencia por sí solas no generan la obligación de declarar.

La declaración transitoria única de criptomoneda comprada anteriormente solo se discute en el proyecto de ley n.º 10225-d, que no ha sido aprobado. No es una obligación vigente.

Qué hacer con esto en la práctica: no presentar nada de más, pero guardar los documentos de la compra. Harán falta el año en que venda.

Qué comprobar justo antes de presentar

Los artículos jurídicos envejecen más rápido de lo que se actualizan, y el nuestro también. Antes de presentar, contraste tres cosas en el sitio de la agencia tributaria.

Lo primero, la fecha de la campaña del año en curso. Nosotros indicamos el 30 de abril según la norma general, pero hay decisiones puntuales que desplazan el plazo.

Lo segundo, los datos de su inspección: las cuentas cambian, mientras que los códigos de clasificación siguen siendo los mismos.

Lo tercero, el estado del proyecto de ley n.º 10225-d. Si se aprueba, cambiarán tanto las reglas como, probablemente, el procedimiento de presentación.

Qué guardar y qué adjuntar

A la declaración se adjunta un cálculo, no un fajo de extractos. Pero los fundamentos de las cifras deben estar en su poder por si la agencia tributaria pregunta.

El mínimo es este: el historial completo de operaciones del exchange de todo el tiempo, no del último mes; los extractos bancarios de las cuentas por las que entró el dinero; la acreditación del tipo de cambio y de la fecha de cada venta; los TXID de las transferencias, si el dinero se movió entre monederos.

Guarde aparte el justificante del precio de compra. Hace falta cualquiera que sea el resultado de la disputa sobre la base imponible, y esa disputa no está resuelta: la agencia tributaria sostiene que tributa todo el importe recibido, y los abogados calculan sobre el beneficio neto.

La diferencia en dinero y los argumentos de ambas partes los analizamos aparte, en el material «Todo el importe o el beneficio». Aquí no lo repetimos: de ello depende la cifra de la declaración, y la elección la hace usted.

Guarde en local, en archivos, y no dentro de la aplicación de un servicio. Un exchange puede cerrarle el acceso a la cuenta, una casa de cambio puede dejar de operar, y su archivo debe sobrevivir a ambas cosas.

Cómo armar el cálculo si hay muchas operaciones

Se presenta una sola declaración por todo el año, no una por cada venta. Pero para obtener una sola cifra hay que recorrer todas las operaciones, y justo ahí es donde la gente se atasca.

La base del cálculo es una tabla de cuatro columnas: fecha de la operación, importe recibido, moneda y plataforma. Todo lo demás se construye a partir de ahí.

La fecha hace falta porque el tipo de cambio se toma de ella y no del cierre del año. Es la razón principal por la que «calcular a ojo» no funciona: con varias decenas de operaciones el error se acumula.

La plataforma hace falta para la clasificación. De quién transfirió el dinero depende en qué casilla va el importe: ingreso extranjero u otro ingreso.

Después las operaciones se agrupan no por monedas, sino por categoría de ingreso. Dentro de cada categoría los importes se suman, y a la declaración va el total, no la lista.

Qué tomar exactamente como importe recibido no lo decidimos aquí. Eso choca con la disputa sobre la base, analizada en el material contiguo, y la elección la hace usted con un especialista.

Errores habituales

El más frecuente es confundir las dos fechas y pensar que hasta el 1 de agosto también se puede presentar. No: el 1 de agosto se refiere solo al pago; por la presentación tardía hay responsabilidad aparte.

El segundo, un solo pago en lugar de dos. El impuesto sobre la renta y la tasa militar tienen códigos y cuentas distintas, y pagar en un código no cubre la otra obligación.

El tercero, calcular la tasa militar al 1,5%. Desde el 1 de diciembre de 2024 el tipo es del 5%, y en la red todavía hay muchos materiales escritos antes de ese cambio.

El cuarto, descargar el historial del exchange en el último momento. Se puede perder el acceso a la cuenta, el exchange puede limitar la profundidad de la exportación, y la declaración ya está presentada. Descargue una vez por trimestre.

El quinto, concluir que si las grivnas no entraron en una cuenta bancaria no hay nada que declarar. Cobrar en efectivo no anula el ingreso.

El sexto, calcular el ingreso al tipo de cambio del cierre del año porque es más cómodo. El tipo se toma en la fecha de la operación, y con varias decenas de operaciones la diferencia se nota.

El séptimo, creer que una operación con pérdidas exime de presentar. La obligación de presentar la declaración surge del hecho de haber obtenido ingresos, no de si ganó con ellos o no.

El octavo, presentar la declaración y quedarse tranquilo. Presentar y pagar son dos acciones distintas con plazos distintos, y la primera no cubre la segunda.

Qué hacer si el plazo ya ha vencido

En este artículo no damos el importe de las multas por no presentar y no pagar: en nuestro material esas cifras no están verificadas, y no vamos a inventarlas. Están en el Código, y hay que consultarlas el día de la gestión.

Regla general sin cifras: presentar con retraso es mejor que no presentar. La responsabilidad por demora y la responsabilidad por ocultar ingresos son cosas distintas.

Por qué es mejor presentar tarde: el plazo vencido ya venció, y el tiempo juega en su contra mientras no haya declaración. El retraso no aumenta por el hecho de que usted lo haya cerrado.

El procedimiento en ese caso es el mismo que en plazo. El formulario no cambia, los códigos de pago no cambian, y el gabinete acepta la declaración también después de abril.

Si la declaración se presentó en plazo pero con un error en el importe, la situación es otra. El Código prevé un mecanismo de rectificación, y su procedimiento y sus consecuencias tampoco los hemos verificado, por eso solo describimos que esa vía existe.

Lo que desde luego no conviene hacer es «añadir» el año omitido en la declaración siguiente. La obligación está ligada al periodo en que surgió el ingreso, y trasladarlo crea un segundo error encima del primero.

Si se trata de varios años a la vez o de importes que por sí solos llamarán la atención, acuda a un contable antes de presentar y no después.

Adónde acudir si el caso es complejo

Somos una casa de cambio, no un asesor fiscal. Aquí se recoge lo que dicen las aclaraciones y la norma general del Código, señalando lo que no está verificado.

Si usted tiene staking, ingresos de varias jurisdicciones, alta como autónomo en el impuesto único o importes que por sí solos llamarán la atención, necesita un contable que vea sus extractos.

El material se actualiza cada enero, antes del inicio de la siguiente campaña de declaración.

Autor: MW ExchangeActualizado
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